La familia García Pimentel y los hacendados frente al reparto agrario

Carlos Agustín Barreto Zamudio



Este año se conmemora en México el centenario de la promulgación de la Constitución vigente, surgida al calor del proceso revolucionario, lo que hace necesarias estas reflexiones. En el estado de Morelos, eje telúrico del zapatismo y centro vital de la producción azucarera del país, junto con la promulgación de la Constitución de 1917 y la ulterior derrota militar del Ejército Libertador del Sur sobrevino el colapso de las haciendas y del latifundismo, cuyos orígenes se remontaban al periodo colonial.

Antes del estallido revolucionario, la entidad era considerada un ejemplo de progreso y un pilar del mercado nacional e internacional del azúcar.1 Pero la etapa armada de la Revolución arrasó los campos cañeros, la planta productiva y la obra hidráulica, lo que dificultaba restablecer la producción, como era la intención inicial de los hacendados. Por el contrario, entre los años veinte y treinta se presentó una serie de condiciones que llevaron al final del régimen productivo basado en la hacienda azucarera, que perduró largo tiempo a pesar de generar contradicciones sociales y descontento popular.

Sería un sinsentido, sin embargo, suponer que los hacendados fueron pasivos frente a la destrucción del paraíso de la caña.2 También sería errado suponer que las disposiciones legales que atendieron el tema agrario en Morelos reivindicaron el Plan de Ayala. Leyes, decretos y la propia Constitución mostraron posturas de corrientes revolucionarias con proyectos de nación incluso contradictorios. Distintas medidas agrarias se orientaron a recobrar el estado de cosas predominante durante el Porfiriato.

En este trabajo se ofrece un cuadro de algunas de las acciones que tomaron los hacendados para reconstruir sus propiedades y enfrentar las medidas agrarias revolucionarias. En este lapso, los hacendados promovieron procesos jurídicos para frenar el reparto agrario y ser compensados por los daños generados por la Revolución. También emplearon figuras como el arrendamiento de tierras para acreditar las que no podían trabajar directamente, y así conservar la idea de reconstruir la gran propiedad.

Asimismo, se esbozan algunas generalidades del reparto agrario en Morelos y, como ejemplo del caso, la manera en que reaccionó frente a él la familia García Pimentel, propietaria de las haciendas de Santa Ana Tenango y Santa Clara Montefalco. A partir de los años veinte, Luis García Pimentel Elguero (1885-1950), a nombre de su padre, Luis García Pimentel (1855-1930), propietario de las haciendas, al igual que otros hacendados, emprendió acciones legales para retomar sus negocios, una vez pasada la etapa armada de la Revolución.

El reparto sin Zapata

El estado de Morelos fue el principal escenario del zapatismo entre 1911 y 1919, año del asesinato de Emiliano Zapata. Al inicio de la década de 1920, ya sin la sombra de Zapata, parecía que las autoridades contaban con las condiciones políticas para reconstruir la entidad. Pero las haciendas azucareras estaban estropeadas y los pueblos comenzaron a organizarse para encaminar el reparto de tierras. Además del daño en la planta productiva, la obra hidráulica y las tierras, otros efectos de la Revolución dificultaban la sobrevivencia de las haciendas: la baja demográfica, por ejemplo, condicionaba reorganizar el trabajo. Pero con la hacienda pública arruinada, urgía que las fuentes de tributación se reactivaran.3

El zapatismo se había caracterizado por su sentido de revolución social y la defensa del contenido agrario del Plan de Ayala.4 Cuando la Convención Revolucionaria se radicó en Morelos (1915-1916), la comandancia del Ejército Libertador del Sur definió acciones para restituir a los pueblos los terrenos usurpados por las grandes haciendas. En Cuernavaca se formó un consejo ejecutivo y se promulgó la ley agraria del 26 de octubre de 1915, basada en el Plan de Ayala, que atendía vacíos que, a juicio de la jefatura zapatista, tenía la ley agraria del 6 de enero de 1915, hecha por Luis Cabrera.5 Además, el cuartel zapatista dispuso el deslinde de terrenos expropiados para corregir conflictos entre comunidades. El trabajo fue llevado a cabo entre 1915 y 1916 por las Comisiones Agrarias del Sur, grupos de trabajo integrados por estudiantes y pasantes de la Escuela Nacional de Agricultura.

Por su parte, la corriente carrancista se dio a la tarea de elaborar una Constitución que reformara la de 1857. Contrariamente a una idea más o menos difundida, el contenido agrario de la Constitución de 1917, plasmado en su artículo 27, no retomó la propuesta del Plan de Ayala. La Constitución estableció las bases para una reestructura agraria cuyo principal agente fuera la “Nación” y no los “pueblos”, como planteaba el zapatismo, y en ella la idea de la propiedad privada tendría un papel primordial.

Tanto Carranza como los gobiernos estatales impuestos por su administración escucharon las demandas de los terratenientes. El carrancismo evaluó lo que podría traer la destrucción del viejo orden a cambio de mejorar las condiciones de inequidad en el campo,6 y optó por descartar las bases del reparto zapatista.7 Por su parte, desde muy pronto en el nuevo régimen constitucional, los terratenientes buscaron echar mano de mecanismos legales, como el amparo, para guardar su posición con respecto a la tierra.8

Carranza ofreció seguridades a los hacendados acerca del restablecimiento del viejo orden.9 A finales de 1919 y principios de 1920, consumado el asesinato de Emiliano Zapata, Carranza accedió a restituirles tierras gracias a las gestiones de un grupo de terratenientes. Propietarios como Manuel Araoz y Luis García Pimentel emprendieron procesos judiciales para impedir cualquier afectación a las tierras que consideraban como suyas. Para reafirmar sus derechos de propiedad, se dedicaron a trabajar afanosamente las tierras10 y, en diferentes casos, optaron por arrendar terrenos que no podían cultivar.11

La continuación del torbellino revolucionario marcó nuevos derroteros para las haciendas. El significado del asesinato de Zapata derivó en un rompecabezas de reacomodos e interpretaciones, tanto del Zapata-símbolo12 como del contenido agrario del Plan de Ayala. Gildardo Magaña, sucesor como cabeza del Ejército Libertador del Sur, buscó un acercamiento con Carranza, impensable con Zapata vivo.

Pero como consecuencia del Plan de Agua Prieta (abril de 1920), Venustiano Carranza fue derrocado y asesinado a mediados de año. Los jefes sonorenses —Adolfo de la Huerta, Álvaro Obregón y Plutarco Elías Calles— tomaron el control del país.13 A ellos se sumaron algunos jefes surianos dispersos tras el asesinato de Zapata. De pronto, un movimiento vencido como el zapatismo tuvo opciones para negociar sus demandas.

Esta alianza alertó a los terratenientes de Morelos, pues podía derivar en una política agraria radical, omitida por Carranza. Durante su breve mandato presidencial, De la Huerta decretó en 1920 la Ley de Tierras Ociosas, que ponía a disposición de la nación aquellas tierras laborables que no fueran cultivadas. Por medio de esta ley, los ayuntamientos podían dar en aparcería o arrendamiento tierras que consideraran como ociosas a quien las solicitara.14 Esto motivó conflictos entre terratenientes y ayuntamientos cuando se sentían afectados por las decisiones de los alcaldes, arguyendo venganzas y arbitrariedades.

Con la candidatura presidencial de Obregón en 1920 se dieron enroques que parecieron abrir al zapatismo un camino desconocido durante la guerra. Reputados zapatistas tomaron posición dentro o cerca de la administración pública: Antonio Díaz Soto y Gama fundó el Partido Nacional Agrarista; Genovevo de la O fue nombrado comandante militar de Morelos; Jenaro Amezcua fue agente de la Secretaría de Agricultura y Fomento en Cuernavaca; Miguel Mendoza L. Schwerdtfeger presidió la Comisión Nacional Agraria.15

Un movimiento clave ocurrió cuando José G. Parres fue nombrado gobernador de Morelos en 1920. Parres, entre 1920 y 1923, llevó a cabo un importante reparto agrario en que la propuesta de Zapata apareció como el símbolo esencial.16 El 4 de septiembre, expidió el decreto 5, en el que daba a conocer los lineamientos para iniciar el reparto agrario, reconociendo la figura de Zapata y el Plan de Ayala. Pero también, paradójicamente, esto implicaba cumplir un compromiso adquirido con los sonorenses durante la Unificación Revolucionaria: acatar las normas jurídicas de la ley del 6 de enero de 1915 y del artículo 27 constitucional.17 Para ello, primero se elevó la categoría política de todas las poblaciones y después se estableció una Comisión Local Agraria.18 Con una base de contradicción, el reparto agrario estaba en marcha.

Por su parte, los hacendados tenían su estrategia para revivir la industria azucarera. Para ellos, la solución del “problema de Morelos” no debía llevar al fraccionamiento de las haciendas, sino que debían hacerse alianzas con capitales extranjeros para establecer un reducido pero eficiente número de grandes ingenios centrales que produjeran azúcar barata para el mercado internacional. Para los hacendados, restaurar sus empresas era el futuro fiscal del estado, pues decían que, “de no devolver cuanto antes las tierras a sus legítimos propietarios [los hacendados], y de no favorecer el restablecimiento de la industria azucarera, se condena al estado a desaparecer como entidad federativa independiente”.19

Se procedió entonces con cautela. El 27 de octubre de 1920, Obregón indicó los alcances del reparto diciendo que “debemos proceder con un tacto tal, que satisfaga el problema agrario sin poner en peligro nuestro bienestar […]. No debemos destruir las propiedades grandes, antes de crear las pequeñas, porque vendría un desequilibrio de producción que pudiera quizá orillarnos a un período de hambre”.20 Enseguida, el discurso se acompañaba por una exaltación al zapatismo, pero sin una correspondencia con la acción institucional.21

Para entonces estaba trazada una reconfiguración del territorio estatal basado en el reparto de tierras que se consolidaría en años posteriores. En 1929, la Comisión Nacional Agraria dio por terminado el reparto en Morelos y, para 1930, el 48% de la superficie del estado había sido afectada.22 También en 1930 se dio el restablecimiento del orden constitucional y de los poderes estatales. Aún en esos años los hacendados continuaron buscando indemnizaciones gubernamentales y con las aseguradoras por los daños ocasionados por la Revolución, a fin de recuperar, al menos en parte, lo perdido.23

Familia y propiedad

Para la familia García Pimentel, el fin de las haciendas iba más allá de lo estrictamente empresarial. Las haciendas de Santa Ana Tenango y Santa Clara Montefalco les pertenecieron por más de 150 años. Habían formado parte de esta estirpe empresarial los también historiadores, bibliógrafos y escritores Joaquín García Icazbalceta (1825-1894) y su hijo, Luis García Pimentel (1855-1930).24 Guerras, alzamientos, conflictos por tierras y aguas habían surgido en los siglos anteriores y sus negocios siempre lograron restablecerse.25 Por ello, al inicio de la Revolución los hacendados no visualizaron el final.

Tal herencia familiar no podía morir por infarto. Si los pueblos acusaban despojos y abusos, Luis García Pimentel, padre, argumentaba que daba “pensiones a los viejos, a los inválidos, a los enfermos, a los huérfanos y a las viudas”.26 Arraigados católicos, don Joaquín García Icazbalceta y su hijo Luis García Pimentel buscaron en todo momento el perfil del hacendado ejemplar. Luis García Pimentel tuvo ocho hijos de apellido García Pimentel Elguero: Luis, Joaquín, Dolores, Rafaela y Guadalupe, más tres que murieron prematuramente, Susana, José Hilario y Miguel.27 Los sobrevivientes fueron incluidos en los “Sucesores de García Pimentel” o “Testamentaria de García Pimentel” que se mencionaría al momento del reparto agrario y en la indemnización que el gobierno dio a la familia.28

Al parecer, la transición por la que atravesó el tema de la tenencia de la tierra en un estado de Morelos en vías de pacificación y reconstrucción se reflejó en las haciendas de Santa Ana Tenango y Santa Clara Montefalco, propiedades de Luis García Pimentel, de las que Luis García Pimentel Elguero era el apoderado legal. Con posterioridad al asesinato de Zapata, y con el reconocimiento de Carranza a la propiedad de los hacendados, García Pimentel Elguero intentó personalmente reactivar el abatido cultivo de la tierra, en lo que logró notables avances.

Después del asesinato de Carranza, ni la incertidumbre causada por la alianza entre el movimiento de Agua Prieta y los resabios zapatistas, ni la devastación de la planta productiva, motivaron que García Pimentel Elguero abandonara sus tierras. Por el contrario, durante los años veinte buscó los mecanismos para reafirmar susderechos sobre ellas, por medio de estrategias de arrendamiento sobre las tierras de labor, con el fin de asegurar su propiedad.29 También trató de reservar el uso del agua y que, en todo caso, la dotación de tierras a los pueblos se hiciera únicamente con terrenos de temporal.

Antes del reparto, Santa Ana Tenango contaba con una extensión de 38 679 ha, y Santa Clara 29 480 ha; pero desde los tiempos de Parres las tierras de Tenango y Montefalco se fueron fragmentando. Los pueblos de Tecajec (1921), San Martín Temoac (1921), nuevamente Tecajec (1923) y Popotlán (1923) fueron de los primeros dotados de tierras que habían pertenecido a las haciendas de los García Pimentel.30 La tendencia continuó. Para los años treinta, con la planta productiva sin visos de recuperación y la disposición de tierras reducida, los García Pimentel, al igual que otros hacendados, estaban ante el ocaso de sus propiedades.

En 1931 se hizo una enmienda a la ley agraria del 6 de enero de 1915, por la que los propietarios afectados no podrían promover amparos.31 Las solicitudes de dotación de tierras y aguas por parte de los pueblos habían cuarteado su unidad. Los pagos de las aseguradoras fueron insuficientes y Luis García Pimentel Elguero trató de ajustarse a la Ley de la Deuda Pública que sentaba las bases para las reclamaciones por daños causados durante la Revolución. Echaron mano de todos sus oficios para acudir a la Comisión Ajustadora de la Deuda Pública Interior, ocupada en reclamaciones como la suya y en su clasificación.32

Para esos años los hacendados también vieron la erosión del enorme poder e influencia política que habían amasado durante los siglos anteriores. Mientras que Luis García Pimentel Elguero —apoyado en peritos de la talla del célebre Felipe Ruiz de Velasco—33 valuó los daños en las haciendas de Santa Ana Tenango y Santa Clara Montefalco en $1 773 340, un peritaje gubernamental lo redujo a $600 194. Después de muchas protestas por la enorme diferencia, se estableció un tercer peritaje que los colocó en $617 194.34 De nada valió que en sus procedimientos García Pimentel Elguero y sus peritos hablaran del esplendor que gozaron sus propiedades hasta que los arrancó del ensueño el torbellino revolucionario. Eso, y la reducción del gasto público a consecuencia de la crisis del 29, parecieron complicar aún más las cosas. Además, Luis García Pimentel, padre, murió también en 1930.

Aún varios años después, ya en 1946, la Secretaría de Agricultura y Fomento comunicó un acuerdo firmado por el presidente Manuel Ávila Camacho para compensar “con equidad” a los herederos de Luis García Pimentel “por las afectaciones que sufrió la finca de su propiedad denominada ‘Santa Clara y Jonacatepec’ ubicados en el Estado de Morelos”. Se menciona a Rafaela García Pimentel, viuda de Bernal; Dolores García Pimentel, viuda de Rivas; Guadalupe García Pimentel de Corcuera y Luis García Pimentel y Elguero. La compensación consistió en terrenos del sistema de riego del río Purificación, en Tamaulipas. Los bienes de la hacienda fueron valuados entonces en $231 517, y los terrenos a entregar, en $41 527, restando un saldo a favor de los afectados de $189 990.35

Contradicciones del reparto agrario

El proceso histórico que aquí analizamos a partir de información judicial nos permite observar el nivel de complejidad que confluyó en el periodo en que se implementó el reparto agrario en Morelos. Intentamos trazar como idea central que los hacendados no fueron pasivos a las consecuencias de la lucha revolucionaria, ni a las afectaciones a sus propiedades. Por el contrario, montaron diversos procesos legales y otros mecanismos que garantizaran sus derechos de propiedad. Los hacendados participaron del juego de los tiempos y las contradicciones inherentes a las medidas agrarias que proliferaron alrededor del nuevo orden constitucional.

Es importante sensibilizarse ante las contradicciones existentes entre las medidas agrarias revolucionarias e institucionales. Como vimos, la Constitución de 1917, en su apartado relativo al tema de la tierra, no reivindicó la lucha zapatista. Fueron distintos sus objetivos y fueron otros los agentes que le darían sentido al reparto.

Falta cruzar esta información con investigaciones más profundas que complementen lo hasta aquí dicho, así como una investigación sistemática acerca de los trabajos de las Comisiones Locales Agrarias y la manera en que éstas se enfrentaron a los terratenientes. Hace falta realizar un balance completo acerca del valor de las pérdidas en infraestructura y obra hidráulica. También hace falta un estudio sistemático acerca del destino de las familias propietarias de las grandes haciendas azucareras y sus caminos hacia la indemnización. Sean éstas algunas pistas para temas a reflexionar en un sentido contrafáctico: hubo un tiempo en que, para reconstruirse, las agonizantes élites regionales voltearon a ver el pasado.

Profesor e investigador, Instituto de Investigación en Humanidades y Ciencias Sociales (iihucs), uaem


Notas

1 Véase Horacio Crespo, Modernización y conflicto social. La hacienda azucarera en el estado de Morelos, 1880-1913, inehrm, México df, 2009.

2 Salvador Rueda Smithers, El paraíso de la caña, historia de una concepción imaginaria, inah, México df, 1999.

3 Véase Luis Anaya Merchant, “Reconstrucción y modernidad. Los límites de la transformación social en el Morelos posrevolucionario”, en Horacio Crespo (dir.), Historia de Morelos. Tierra, gente, tiempos del Sur, vol. 8. Política y sociedad en el Morelos posrevolucionario, María Victoria Crespo y Luis Anaya Merchant, coords., Congreso del Estado de Morelos (li Legislatura)/Gobierno de Morelos/icm/uaem/Ayuntamiento de Cuernavaca, Cuernavaca, 2010, pp. 26-27.

4 Véase Francisco Pineda Gómez y Edgar Castro Zapata (coords.), A cien años del Plan de Ayala, Era, México df, 2013.

5 Héctor Ávila Sánchez, Aspectos históricos de la formación de regiones en el estado de Morelos (desde sus orígenes hasta 1930), unam-crim, México df, 2002, p. 81.

6 Idem.

7 Véase Francisco Pineda Gómez, “El Plan de Ayala. Plan Libertador para acabar con la opresión y redimir a la Patria”, en Carlos Barreto Zamudio (coord.), La Revolución por escrito. Planes político-revolucionarios del estado de Morelos, Gobierno del Estado de Morelos, Cuernavaca, 2013, pp. 91-117.

8 Archivo Histórico de la Casa de Cultura Jurídica de Cuernavaca, Morelos (ahccj-Mor), Serie Amparos, 1921.

9 Alfonso Domínguez Rascón, La política de reforma agraria en Chihuahua, 1920-1924: sus efectos hasta 1940, inah/Plaza y Valdés, México df, 2003, pp. 61-62.

10 Véase Édgar Damián Rojano García, Las cenizas del zapatismo, uaem-unicedes, Cuernavaca, 2007.

11 Véase, por ejemplo, ahccj-Mor, Serie Amparos, Exp. 34, No. 1353, 1921.

12 Véase Francisco Pineda Gómez, “Operaciones del poder sobre la imagen de Zapata, 1921-1935”, en Julieta Haidar y Graciela Sánchez Guevara (eds.), La arquitectura del sentido ii. La producción y reproducción en las prácticas semiótico-discursivas, enah/inah, México df, 2011, pp. 221-257.

13 Ibid., p. 221.

14 Alfonso Domínguez Rascón, La política…, op. cit., p. 62.

15 Luis Anaya Merchant, “Reconstrucción…”, op. cit., p. 29.

16 Francisco Pineda Gómez, “Operaciones…”, op. cit., p. 222.

17 Idem.

18 Ibid., pp. 34-35.

19 Francisco Vélez, Dos escritos dirigidos a las autoridades por los hacendados de Morelos, Antigua Imprenta de Murguía, México, 1921, pp. 18-19, en Édgar Damián Rojano García, Las cenizas…, op. cit., p. 16.

20 Luis Anaya Merchant, “Reconstrucción…”, op. cit., p. 37.

21 Ibid., p. 228.

22 Héctor Ávila Sánchez, Aspectos…, op. cit., p. 90.

23 ahccj-Mor, Serie Civil, Exp. 2,1930.

24 Emma Rivas Mata y Edgar O. Gutiérrez L. (comps.), Cartas de las haciendas. Joaquín García Icazbalceta escribe a su hijo Luis, 1977-1894, inah, México df, 2013.

25 Véase Carlos Barreto Zamudio, Rebeldes y bandoleros en el Morelos del siglo xix, Gobierno del Estado de Morelos, Cuernavaca, 2012.

26 “Respuestas de los hacendados al cuestionario de la Secretaría de Fomento”, 31 de mayo de 1912, agn, Fondo Gobernación, 298/335, 298/3341 y 398/98, en Felipe Arturo Ávila Espinosa, “La vida cotidiana campesina durante la revolución: el caso zapatista”, en Horacio Crespo (dir.), Historia…, op. cit., vol. 7. El zapatismo, Felipe Arturo Ávila Espinosa, coord., p. 351.

27 Alfonso Toussaint, Haciendas de Morelos, Fideicomiso Turismo Morelos, Cuernavaca, 2008, pp. 33-34.

28 Diario Oficial de la Federación, 27 de agosto de 1946, p. 5.

29 Acta del arreglo Serafín M. Robles-García Pimentel, 11 de septiembre de 1920, agn, Fondo Genovevo de la O (fgo), Caja 26, Exp. 2, Fols. 34-37, en Édgar Damián Rojano García, Las cenizas…, op. cit., p. 44.

30 Véase Valentín López González, La destrucción del latifundio en el estado de Morelos, 1920-1923, Instituto Estatal de Documentación de Morelos (Cuadernos Históricos Morelenses), Cuernavaca, 2001.

31 T. M. James, Revolución social e interpretación constitucional. La Suprema Corte y la reforma social revolucionaria, 1916-1934, Poder Judicial de la Federación, México df, 2010, p. 58.

32 Carmen Solórzano, “Luis Montes de Oca: reorganización de la hacienda pública y reforma monetaria, 1927-1931”, en Leonor Ludlow (coord.), Los secretarios de Hacienda y sus proyectos (1821-1933), t. ii, unam-iih, México df, 2002, p. 425.

33 Felipe Ruiz de Velasco fue un ingeniero agrónomo ilustrado, a quien se debe la obra Historia y evoluciones del cultivo de la caña y de la industria azucarera en México, hasta el año de 1910, Cultura, México, 1937.

34 ahccj-Mor, Serie Civil, Exp. 2, 1930.

35 Diario Oficial de la Federación, 27 de agosto de 1946, p. 5.